Resumen ejecutivo (para directivos con prisa)

¿Qué aprenderás en los próximos 12 minutos?

Después de leer este artículo te invitamos a darte un paseo por nuestro canal de YouTube donde tenemos un vídeo sobre cómo reestructurar tu empresa, crear un Holding y tributar de la manera correcta.

Contexto: por qué las empresas reestructuran (y por qué Hacienda mira con lupa)

Qué es una reestructuración: holding, canje de valores, filialización

Una reestructuración corporativa agrupa operaciones como crear un holding, aportar participaciones (canje de valores) a una nueva matriz o filializar líneas de negocio. El objetivo es ordenar el grupo, segregar riesgos y optimizar la toma de decisiones.

Objetivos legítimos para crear un holding o reestructurar

Si aún no te queda muy claro, siempre puedes tocar el botón de llamar a un amigo.

Marco español: AEAT, TEAC, Tribunal Supremo

El juego de fuerzas: AEAT (inspección), TEAC (criterio económico-administrativo) y Tribunal Supremo (doctrina jurisprudencial). Desde 2022, el Supremo acota el uso de la norma antiabuso (art. 89.2) a casos de abuso efectivo, no meramente potencial.

El giro del Supremo (2022): solo hay regularización si hay ventaja fiscal indebida

Qué decía Hacienda antes de 2022

La AEAT solía cuestionar el motivo económico válido y, con ello, pretendía regularizar plusvalías latentes de participaciones al crear holdings, incluso sin que se hubiera materializado ninguna ventaja fiscal concreta.

Doctrina actual: “fraude preparado, no ejecutado” ≠ regularización

El Supremo matiza: si no hay ventaja fiscal ejecutada, no procede aplicar la norma antiabuso (art. 89.2). Nada de sancionar intenciones.

Implicación práctica

Dónde está el riesgo hoy: reservas previas y método FIFO

Definición de reservas previas

Son los beneficios acumulados antes de crear la holding o de aplicar el régimen de neutralidad (FEAC). Si se reparten desde la matriz tras la reestructuración, Hacienda puede considerarlo atajo fiscal.

Cómo aplica FIFO y por qué puede hacer tributar

FIFO (first in, first out): la Administración presume que lo primero que sale son las reservas más antiguas. Si esas reservas pre-holding se reparten ahora vía matriz al 1,25%, la AEAT puede recalificar y hacer tributar como si fueran dividendos directamente al socio persona física.

Casuística reciente del TEAC: luces y sombras

Señales de alerta para tu empresa

Lo que está “limpio”: beneficios nuevos que circulan al 1,25%

Qué ingresos se consideran “nuevos” tras el canje (FEAC)

Son los beneficios generados por las participadas después de aportar las participaciones a la holding y acogerse al régimen de neutralidad. No existían antes en el perímetro matriz.

Escenarios típicos

Buenas prácticas para mantenerlo “limpio”

Motivo económico válido: cómo demostrarlo (y cómo NO hacerlo)

Carga de la prueba

Ejemplos de motivo válido

Lo que hunde tu defensa

Documentación probatoria: el “dossier” que te salva en una inspección

Checklist documental mínimo

Contabilidad y cuentas anuales

“Paper trail” de la reinversión

Casos prácticos (simplificados)

Caso A: 1 M€ de plusvalías latentes, dividendos de 100.000 € bonificados

Qué puede regularizar Hacienda y por qué

Caso B: reservas previas elevadas y reparto parcial tras la holding

Cuándo entra FIFO y cómo mitigarlo

Caso C: cero dividendos durante 3 años post-canje

Expectativas razonables ante una inspección

Errores comunes que disparan el riesgo

Estrategia defensiva: cómo planificar el reparto al 1,25%

Secuencia recomendada

Políticas internas (gobierno corporativo) que ayudan

Indicadores y KPIs para seguimiento

FAQ rápidas

¿Cuándo puede Hacienda regularizar una holding?

Cuando se materializa una ventaja fiscal indebida (p. ej., reparto de dividendos desde reservas previas). Sin reparto ni venta, no debería.

¿Qué diferencia hay entre reservas previas y beneficios nuevos?

Las reservas previas nacieron antes de la holding; los beneficios nuevos se generan después del canje/FEAC.

¿Cómo me afecta el método FIFO?

Presume que lo que se reparte primero son las reservas más antiguas; si son previas, puede recalificarse y tributar.

¿Qué prueba debo aportar sobre el motivo económico?

Plan de negocio, acuerdos, contratos, presupuesto de reinversión y evidencias de impacto operativo coherentes con la estructura.

¿Puedo repartir al 1,25% sin reinvertir?

Es riesgoso. La reinversión real en actividad económica refuerza la defensa ante inspección.